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Declaración de la Renta 2021: Novedades de las deducciones fiscales por vivienda

Declaración de la Renta 2021: Novedades de las deducciones fiscales por vivienda

¿Qué nuevas deducciones nuevas entran en vigor para la Renta del 2021-2022?

La estrella de las deducciones fiscales de este año son las relacionadas con eficiencia energética. Si has invertido en la vivienda para mejorar la eficiencia energética hay muchas deducciones tanto a nivel estatal como autonómico. Además, las ayudas de entidades locales quedan exentas.

  • Por obras en la vivienda habitual que rebajen un 7% la demanda de calefacción y refrigeración se opta a una deducción del 20%, con un máximo de 5.000 euros por vivienda.
  • Las que reduzcan el consumo de energía no renovable el 30% o mejoren la calificación energética a A o B la deducción pasa al 40%, con un máximo de 7.500 euros.
  • La máxima deducción es del 60% y un máximo de 15.000 euros por actuaciones de rehabilitación energética en edificios residenciales donde caiga el consumo el 30% o se alcance la certificación A o B.

Este año el plazo que se recoge es, en todo caso, limitado: se pueden sumar cantidades desde el 6 de octubre del 2021.

¿Qué pasa con las nuevas deducciones fiscales de la Nueva Ley de Vivienda?

La entrada en vigor de las deducciones fiscales que marca la nueva Ley de Vivienda se produciría el 1 de enero del año siguiente a la aprobación de la ley, ya que está ligada a lo que califican como “el calendario administrativo. De modo que las deducciones fiscales empezarían a aplicarse ya en 2023.

Pero el efecto real en el bolsillo de los contribuyentes se retrasaría hasta 2024, cuando tengamos que hacer la declaración del 2023.

¿Me puedo deducir la hipoteca o el alquiler en la renta del 2021-2022?

De estas deducciones cada vez se beneficia menos gente. Dado que la adquisición de compra debe de ser previa al 2013 y la del alquiler previa al 2015.

En el caso que quieras liquidar parte de la hipoteca para beneficiarte de las deducciones , recomendamos  no amortizar  cuotas en exceso y escalonarlas para ir beneficiándose cada año del 7,5% de los pagos que se pueden deducir –con un límite de 9.040 €.

¿ Qué otras deducciones están vigente en Catalunya por vivienda habitual?

Los contribuyentes residentes en Cataluña se podrán deducir hasta un 15% de las cantidades satisfechas para la mejora de la accesibilidad y comunicación sensorial de la vivienda habitual para personas con discapacidad.

Del mismo modo también se podrán deducir un 1,5% con un máximo de 9.040 euros por las cantidades satisfechas durante el año 2020 en concepto de rehabilitación de vivienda habitual.

Para poder disfrutar de esta deducción, las obras realizadas deberás ser calificadas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas, de acuerdo con el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio. 

Las reformas en la vivienda habitual tienen que tener por objeto la reconstrucción del inmueble mediante la consolidación y tratamiento de estructuras, fachadas y elementos análogos. Además, el coste de la obra tiene que superar el 25% del precio de adquisición si la compra se ha hecho durante los dos años anteriores a la obra o, en otro caso, del valor de mercado en el momento de la rehabilitación.

¿Puedo deducirme si tengo alquilada una vivienda?

Nos encontramos con  dos grupos diferentes de contribuyentes:


Régimen General

En caso de alquiler de vivienda habitual, los contribuyentes se podrán deducir el 10% de las cantidades satisfechas durante 2020, con un máximo de 300 euros (600 en declaración conjunta), siempre que se den los siguientes requisitos:

  1. a) Que se encuentren dentro de uno de los siguientes supuestos:
  • Tener 32 años o menos en la fecha de devengo del impuesto.
  • Haber estado en paro un mínimo de 83 días durante el ejercicio.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%
  • Ser viudo o viuda y tener 65 años o más.
  1. b) Que su base imponible total, menos el mínimo personal y familiar, no sea superior a 20.000 euros anuales (30.000 en declaración conjunta).
  2. c) Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler de vivienda habitual excedan como mínimo el 10% de los rendimientos netos.

Familias numerosas

Las familias numerosas se podrán deducir un 10% con un máximo de 600 euros anuales, las cantidades satisfechas durante 2020 siempre que a fecha de devengo del impuesto cumplan los supuestos establecidos en las anteriores letras b) y c).

ara mayor información puedes consultar el Manual práctico de Renta 2021 que el Ministerio de Hacienda pone a disposición, pero que requiere de cierta paciencia y tiempo. Otra práctica recomendable es asesorarte por un profesional y planificar la presentación de tu renta.

 

 

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