Principales novedades tributarias en Cataluña introducidas por el Decreto ley 5/2025
El Decreto ley 5/2025, aprobado por el Govern de la Generalitat de Catalunya el 25 de marzo de 2025 y publicado en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya el 26 de marzo, introduce reformas fiscales que afectan directamente a tres impuestos clave: el IRPF, el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) y el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD).
Puedes consultar el texto completo y actualizado aquí:
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Nueva escala autonómica del IRPF en Cataluña (desde el 1 de enero de 2025)
El nuevo esquema impositivo simplifica la escala del IRPF autonómico, reduciendo el número de tramos y bajando tipos en las rentas medias y bajas. Esta reforma refuerza la progresividad fiscal en la comunidad.
Tabla oficial de tramos del IRPF autonómico (Decreto ley 5/2025)
Base liquidable hasta (€) | Cuota íntegra (€) | Resto base liquidable hasta (€) | Tipo aplicable (%) |
---|---|---|---|
0,00 | 0,00 | 12.500,00 | 9,50% |
12.500,00 | 1.187,50 | 9.500,00 | 12,50% |
22.000,00 | 2.375,00 | 11.000,00 | 16,00% |
33.000,00 | 4.135,00 | 20.000,00 | 19,00% |
53.000,00 | 7.935,00 | 37.000,00 | 21,50% |
90.000,00 | 15.890,00 | 30.000,00 | 23,50% |
120.000,00 | 22.940,00 | 55.000,00 | 24,50% |
175.000,00 | 36.415,00 | En adelante | 25,50% |
Nuevas deducciones autonómicas en IRPF
Entre las deducciones más relevantes introducidas por el decreto:
Alquiler de vivienda habitual:
Umbral de renta elevado a 30.000 €
Deducción de hasta 500 €, o 1.000 € para familias numerosas o monoparentales
Edad máxima del beneficiario: 35 años
Sin necesidad de que el alquiler supere el 10% de los ingresos
Víctimas de violencia machista:
Deducción del 20% del alquiler (máx. 1.000 €), o 25% (máx. 1.200 €) en casos de discapacidad o cargas familiares
Vigente durante 3 años fiscales
Acogimiento familiar de menores:
300 € en tributación conjunta o familias monoparentales
150 € por progenitor en tributación individual
Inversión en cooperativas de vivienda o agrarias:
20% sobre aportaciones efectivas (límite: 3.000 €/año)
Compromiso de mantenimiento de la inversión por 5 años
Nuevo modelo del ITP: estructura progresiva y gravamen especial a grandes tenedores
A partir del 27 de junio de 2025, entra en vigor una tarifa progresiva por tramos para transmisiones de inmuebles, y se incorpora un tipo agravado del 20% para grandes tenedores.
Tabla oficial del ITP sobre inmuebles (Decreto ley 5/2025)
Valor total del inmueble desde (€) | Cuota íntegra (€) | Resto valor hasta (€) | Tipo aplicable (%) |
---|---|---|---|
0,00 | 0,00 | 600.000,00 | 10 |
600.000,00 | 60.000,00 | 300.000,00 | 11 |
900.000,00 | 93.000,00 | 600.000,00 | 12 |
1.500.000,00 | 165.000,00 | En adelante | 13 |
🛑 Tipo agravado del 20% para grandes tenedores:
Quienes posean:
Más de 10 viviendas o 1.500 m² de superficie residencial construida
Más de 5 viviendas en zonas de mercado tensionado
✅ Excepciones:
Personas físicas que compren hasta 4 inmuebles para uso habitual propio o de sus familiares
Entidades sin ánimo de lucro que proporcionen vivienda a colectivos vulnerables
Inmuebles destinados a ser sede social o centro de trabajo
Otras medidas clave en ITP y AJD
Supresión de la bonificación del 70% para inmobiliarias que compren con fines de reventa (vigente desde el 27 de marzo de 2025)
Bonificación del 50% en transmisiones de edificios para transformación en VPO
Tipo reducido del 5% para jóvenes hasta 35 años en compra de vivienda habitual
Tipo del 0% en transmisiones de vehículos con etiqueta «cero emisiones»
Bonificaciones:
100% en adquisiciones de obras de arte para reventa en un año
100% para cooperativas sin ánimo de lucro
50% para inmuebles destinados a sedes sociales
Cambios en AJD (desde el 27 de junio de 2025):
Bonificación del 100% en escrituras de vivienda habitual para jóvenes si están sujetas a IVA
Bonificación del 50% en escrituras para sedes sociales o construcción de VPO
Reintroducción de bonificación para constitución de propiedad horizontal por parcelas (hasta 2027)
Tipo del 3,5% cuando se renuncia a la exención de IVA
ISD: mejoras para la vivienda y víctimas de violencia machista
Las novedades en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (ISD), vigentes desde el 27 de junio de 2025, son:
Reducción por donación para vivienda habitual:
Ampliación del plazo de adquisición de 3 a 6 meses
Posibilidad de acumulación de donaciones de varios ascendientes
Medidas específicas para víctimas de violencia machista:
Reducción para adquisición de vivienda o recepción de donación con este fin
Bonificación del 99% en transmisiones “mortis causa” a favor de hijos o padres si la causante falleció por violencia machista
Autoliquidación complementaria obligatoria si se pierden los requisitos de las reducciones
Conclusión: una reforma fiscal socialmente orientada
El Decreto ley 5/2025 supone un paso firme hacia una fiscalidad más justa y progresiva en Cataluña. Reequilibra la carga impositiva, protege a los colectivos vulnerables y refuerza la eficiencia y equidad del sistema tributario autonómico.