Descubre esta excelente oportunidad de vivir en la zona de Santa Eugènia, en Girona, un barrio consolidado, dinámico y perfectamente conectado con el centro de la ciudad.~~Te presentamos este acogedor piso situado en una segunda planta con ascensor, ideal para quienes buscan comodidad, funcionalidad y una ubicación práctica tanto para vivir todo el año como para realizar una inversión segura. La vivienda dispone de dos habitaciones, una doble y una individual, perfectas para adaptarlas como dormitorio principal, habitación infantil, despacho o espacio multifuncional según tus necesidades. Cuenta además con un baño completo y una distribución bien aprovechada que aporta sensación de amplitud y confort en el día a día.~~La luz natural y la comodidad del edificio con ascensor hacen que esta vivienda resulte especialmente atractiva para parejas, pequeñas familias o compradores que desean su primera vivienda en una zona con todos los servicios a su alcance.~~Ubicado en Santa Eugènia, tendrás supermercados, comercios, colegios, transporte público y zonas verdes a pocos pasos, además de una excelente conexión con el centro de Girona. Una oportunidad para disfrutar de la ciudad con la tranquilidad de un barrio residencial consolidado.~~Si estás buscando un piso funcional, bien ubicado y con gran potencial, esta puede ser la vivienda que estabas esperando. Contáctanos y ven a visitarlo.~~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:~~· Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña (Valor del Inmueble hasta 600.000€ = 10% (19.200€), de 600.001€ a 900.000€ = 11%, de 900.001€ a 1.500.000€ = 12%, más de 1.500.000€ = 13%), sin perjuicio de los tipos reducidos del 5%, y el 7% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble o los tipos reducidos del 3% o 4% aplicables, en los términos legalmente establecidos, para la adquisición de vivienda habitual situada en municipios de menos de 5.000 habitantes, siempre que concurran los requisitos exigidos por la normativa vigente. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.~~· Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~~· Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~~· Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a 1.200] € (IVA incluido).~~· Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.~~· Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA.~~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Cataluña, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Catalana: https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/~~