¡Descubre la masía de tus sueños en Orriols, Báscara! Esta joya rústica, a solo 2 minutos de la entrada de la autopista y a 15 minutos de Girona capital, te ofrece la combinación perfecta de tranquilidad y accesibilidad. Con 735 m² construidos (650 m2 útiles) distribuidos en dos plantas, la masía cuenta con una espaciosa cocina con chimenea, un comedor bodega y múltiples dependencias para adaptarse a tus necesidades. Disfruta de un dormitorio en la planta baja y cuatro en la planta alta, uno de ellos con doble sala y acceso a una gran terraza con vistas impresionantes. Dispone de dos baños, uno en cada planta, completos con bañera y una ámplia zona de entrada/ distribuidor.~~El precio incluye 15 parcelas colindantes, ideales para cultivo (agrícola), y un entorno exterior que no te dejará indiferente: piscina, dos balsas y un pozo. La propiedad también dispone de un granero, trasteros, despensas y un garaje para varios vehículos. Los suelos de gres y los exteriores de madera añaden un toque auténtico y acogedor. Con orientación en todas las direcciones, disfrutarás de luz solar durante todo el día. Esta masía es perfecta como vivienda habitual, inversión o incluso para un negocio de restauración. ¡Las posibilidades son infinitas! ~~Aunque necesita reforma, se podría entrar a vivir e ir reformando poco a poco a gusto de cada uno.~~Ven a visitarla y enamórate de su encanto único.~~En cumplimiento de las obligaciones de información previstas en la Ley 10/2025, de 28 de diciembre, de servicios de atención a la clientela y transparencia, así como en la normativa sectorial vigente, se hace constar que el precio indicado no incluye los gastos e impuestos inherentes a la adquisición, los cuales se desglosan a continuación:~~· Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en la Comunidad Autónoma de Cataluña (Valor del Inmueble hasta 600.000€ = 10% (59.000), de 600.001€ a 900.000€ = 11%, de 900.001€ a 1.500.000€ = 12%, más de 1.500.000€ = 13%), sin perjuicio de los tipos reducidos del 5%, y el 7% aplicables según las circunstancias personales del comprador o las características del inmueble o los tipos reducidos del 3% o 4% aplicables, en los términos legalmente establecidos, para la adquisición de vivienda habitual situada en municipios de menos de 5.000 habitantes, siempre que concurran los requisitos exigidos por la normativa vigente. El impuesto se devenga sobre el Valor de Referencia de Catastro o el precio de venta, aquel que resulte superior.~~· Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Anexo I, del Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel Notarial.~~· Gastos de Registro: La inscripción en el Registro de la Propiedad se facturará según el arancel oficial establecido en el ANEXO I, del Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre, por el que se aprueba el arancel de los Registradores de la Propiedad.~~· Gastos de Gestión (Gestoría): Los honorarios por la tramitación administrativa, liquidación de impuestos e inscripción registral ascienden a 600 € (IVA incluido).~~· Honorarios Agencia del Vendedor: incluidos en el PVP.~~· Honorarios Agencia del comprador: Se informa que eventualmente, podrían existir honorarios profesionales a cargo del adquirente, en aquellos casos, en que se hubieran contratados servicios de encargo de compra (PSI), Personal Shopper Inmobiliario. NO VINCULADOS AL PRECIO DE COMPRA.~~Para una información exhaustiva sobre el funcionamiento, tipos impositivos y bonificaciones del ITP en Cataluña, puede consultar el portal oficial de la Agencia Tributaria Catalana: https://atc.gencat.cat/es/tributs/itpajd/tpo/tarifes-tipus/~